martes, 19 de septiembre de 2017

RE-ELECCIONES Y RE-POSTULACIONES

19-09-17
N. No. 451
RE-ELECCIONES Y RE-POSTULACIONES
En el actual conflicto entre los que quieren una reelección del c. Evo Morales y los que temen un tercer período del actual presidente, existe una completa confusión entre lo que significa, por una parte la re-elección y por otra la re-postulacion.
Efectivamente, una cosa es re-postularse a un cargo y se lo puede hacer las veces que uno desee. Como ejemplo de ello tenemos que un candidato a la presidencia del actual Estado Plurinacional varias veces derrotado como es el señor Samuel Doria Medina que puede re-postularse indefinidamente aunque sea derrotado una y otra vez, y por otro lado, completamente distinta, es la reelección por tercera vez continuada de cualquier candidato, en este caso de Evo Morales.
Si se confunden ambos conceptos y se prohíbe la re-postulación de cualquier candidato se está cometiendo un atropello a la misma Ley y a la Constitución Política del Estado que, lo que prohíbe expresamente, es la tercera re-elección continuada, consultar el art. 168 de la CPE que a la letra dice:
“El período del mandato de la presidenta o del presidente del Estado es de cinco años y pueden ser re-electas o re-electos por una sola vez de manera CONTINUA.”
Esta lectura del artículo pertinente nos convence en el sentido de que la postulación y re-postulación, puede ser indefinida porque el art. 168 no habla de postulaciones, sino que habla de la prohibición de elegibilidad continuada por más de dos veces.
En consecuencia, si Evo renuncia a la Presidencia seis meses antes de las elecciones, se habilita legal y constitucionalmente porque su eventual elección no sería continuada y por lo mismo no existiría violación alguna de la C.P.E.

PCmlm.

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