19-09-17
N.
No. 451
RE-ELECCIONES Y RE-POSTULACIONES
En el
actual conflicto entre los que quieren una reelección del c. Evo Morales y los
que temen un tercer período del actual presidente, existe una completa
confusión entre lo que significa, por una parte la re-elección y por otra la re-postulacion.
Efectivamente,
una cosa es re-postularse a un cargo y se lo puede hacer las veces que uno
desee. Como ejemplo de ello tenemos que un candidato a la presidencia del
actual Estado Plurinacional varias veces derrotado como es el señor Samuel
Doria Medina que puede re-postularse indefinidamente aunque sea derrotado una y
otra vez, y por otro lado, completamente distinta, es la reelección por tercera
vez continuada de cualquier candidato, en este caso de Evo Morales.
Si se
confunden ambos conceptos y se prohíbe la re-postulación de cualquier candidato
se está cometiendo un atropello a la misma Ley y a la Constitución Política del
Estado que, lo que prohíbe expresamente, es la tercera re-elección continuada, consultar
el art. 168 de la CPE que a la letra dice:
“El período del mandato de la presidenta o del
presidente del Estado es de cinco años y pueden ser re-electas o re-electos por
una sola vez de manera CONTINUA.”
Esta
lectura del artículo pertinente nos convence en el sentido de que la
postulación y re-postulación, puede ser indefinida porque el art. 168 no habla
de postulaciones, sino que habla de la prohibición de elegibilidad continuada por más de dos veces.
En
consecuencia, si Evo renuncia a la Presidencia seis meses antes de las
elecciones, se habilita legal y constitucionalmente porque su eventual elección
no sería continuada y por lo mismo no existiría violación alguna de la C.P.E.
PCmlm.
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