El PC-mlm, frente al conflicto minero actual
LAS COOPERATIVAS Y SUS AMBICIONES EN PERSPECTIVA
En base a los últimos acontecimientos en
relación a la aprobación del proyecto de nueva ley minera, ha quedado al descubierto la
verdadera cara neoliberal de varias “cooperativas mineras” cobijadas,
aglutinadas en FENCOMIN, aclarando que no son todas las cooperativas las cuales
tienen este comportamiento, pero está claro que su dirigencia apoya al proceso
de cambio solamente cuando se trata de sacar provecho de su apoyo, cuando sus
intereses están en riesgo no tardan en mencionar que así como “llevaron a Evo
Morales a la presidencia, también pueden bajarlo”, es decir que su apoyo está
condicionado y no es un apoyo por convicción, sino más bien solamente coyuntural
para obtener sus privilegios y acorde a
sus intereses.
A partir del año 2004, como consecuencia de la
subida de precios en la cotización internacional de minerales y gracias a la
vigencia del actual código minero (ley 1777), y el DS 21060, las cooperativas
mineras asumieron no solo un rol de operadores de la explotación minera, su
labor también giró a la prestación de servicios (cooperativas multiactivas),
incluso cooperativistas que llegaron a desarrollar actividades de
concentración, comercialización y exportación de minerales, tal como sucede con
las cooperativas de la ciudad de Potosí quienes explotan el milenario Cerro
Rico, quienes para nuestro criterio, ya operan como mineros chicos, pero
encubiertos como “cooperativistas”
En estas iniciativas, otras cooperativas
también avanzaron a la firma de contratos “mixtos” con la empresa privada como COMSUR
en Poopó y en algunos casos empresas transnacionales extranjeras como la Cour
D’Alene a través de su subsidiaria Manquiri en el Cerro Rico o, la American
Internacional Trading (Aitcobol) en Catavi, Japo, Morococala y Santa Fé y
Apogee en Pulacayo, para trabajar en las concesiones otorgadas por el Estado a los
cooperativistas, a través de la COMIBOL, bajo la modalidad de contratos de
arrendamiento.
Esta dirigencia cooperativa, ha sido la
principal impulsora de la promulgación del proyecto de nueva ley de minería, aprovechando su alianza
con el gobierno para redactar una ley minera a su medida, con todo tipo de
beneficios que van desde la liberación del pago por arrendamiento a COMIBOL,
pasando por un tratamiento especial en el tema impositivo, hasta la posibilidad
de firmar contratos con empresas
privadas. Justamente este último punto vital para los intereses de las
cooperativas por lo que no están dispuestas a la modificación de este artículo,
porque toca sus verdaderos intereses.
El artículo 151 del proyecto de Ley Minera señala:
“Los titulares de licencias de
prospección y exploración o de contratos administrativos mineros de la
industria minera privada y cooperativa, pueden suscribir en cualquier momento
con otros actores productivos mineros privados o cooperativas, legalmente
establecidos, para el cumplimiento en forma asociada de sus respectivas
obligaciones”, ese artículo contradice el parágrafo II del artículo 351 de
la Constitución, que señala que: “El
Estado podrá suscribir contratos de asociación de economía mixta con personas
jurídicas, bolivianas o extranjeras para el aprovechamiento de los recursos
naturales, debiendo asegurarse la reinversión de las utilidades económicas en
el país”.
Es decir que con este artículo las cooperativas
esperaban legalizar los privilegios logrados ilegalmente hasta el momento, tal
es el caso de las cooperativas mineras auríferas que operan en el norte de La
Paz y los ríos de Beni y Pando, que sostienen esta relación con empresas
transnacionales asentadas en estas zonas.
Actualmente ya existen algunos contratos de
este tipo, el caso de Manquiri en el Cerro Rico es uno de los más vergonzosos;
actualmente Manquiri tiene firmado un contrato de asociación con 5 cooperativas
en el Cerro Rico para la explotación de los denominados “Pallacos”. En base a
este contrato Manquiri realiza la explotación de pallacos y las cooperativas
que firmaron dicho contrato sin realizar ningún tipo de actividad reciben sus
beneficios de participación por este contrato, mientras el gobierno central tiene
una mínima participación después de varios años de reclamos, llegando a 3,5% sobre
el valor neto de la producción, en el mejor de los casos; actualmente de
acuerdo a la Constitución Política del Estado, lo mínimo que debería recibir es
un 55%.
Un caso similar es el que pretenden realizar en
los desmontes de Catavi, donde las cooperativas han conseguido que la COMIBOL traspase
los derechos de explotación; sin embargo, es difícil que los cooperativistas
puedan realizar este tipo de explotación o aprovechamiento considerando que las leyes son muy bajas y que
para su recuperación son necesarios procesos metalúrgicos de última generación,
los cuales están fuera del alcance de estas cooperativas, por lo cual la
dirigencia cooperativa manifestó su intención de buscar “socios” para explotar
dichas colas y continuar engañando al Estado a costa de privilegios a los
cuales están acostumbrados. También sucede lo mismo en el caso de Pulacayo
donde las cooperativas firmaron un contrato de asociación con la transnacional
Apogee, estos “cooperativistas” sin realizar ningún tipo de actividad minera
recibirán dividendos sentados desde la sede de su cooperativa.
Las cooperativas hasta el momento gozan de
muchos beneficios gracias a su alianza con el gobierno, como parte de su cupo
tienen participación en la Asamblea Legislativa, Embajadas, viceministerios
(uno en el Ministerio de Minería y otro en el Ministerio de trabajo), también
tienen injerencia en otras instituciones tales como COMIBOL, SERGEOTECMIN,
FOFIM, COMERMIN, etc. También han gozado de algunas contemplaciones como en el
caso de la mina Himalaya, donde las cooperativas que avasallaron el año 2007
este yacimiento se quedaron con el mismo, cuando lo correcto hubiera sido que
pase a COMIBOL en beneficio del Estado.
Tampoco se debe olvidar lo sucedido en Colquiri,
donde la solución supuestamente “equitativa”
determinó dividir la veta Rosario (la veta más rica del yacimiento) en
50-50, sin considerar que los cooperativistas
son pocos en relación a los asalariados. Acá se debe tomar en cuenta que los
recursos generados por el primer grupo (asalariados) son para el Estado
(regalías – IUE), lo cual no sucede con el segundo grupo donde los beneficios
son solamente para ellos.
Pareciera que el gobierno se quitó la venda al
fin, y quiere rectificar su posición ante una alianza que le ha salido muy
costosa. Es hora de que se re-encauce el lineamiento político en lo referido al
sector minero.
Si bien no todos las cooperativistas tienen
ingresos altos, existe un grupo encaramado en la dirigencia que vive de la
sobreexplotación de empleados a su cargo, los cuales son utilizados para
bloquear al país con marchas y protestas, esta gran masa de supuestos
“cooperativistas” son empleados eventuales, no gozan de seguro, ni están
amparados por las leyes laborales, ni siquiera figuran en planillas, por lo
cual no pueden ser considerados socios de estas cooperativas, son solamente
empleados; este es el argumento del gobierno para su alianza con este sector
mencionando que el sector cooperativista es un sector generador masivo de
empleos, pero la realidad es diferente, difícilmente puede llamarse empleo a
esta relación circunstancial.
Acotando a este mar de irregularidades, también
se puede señalar que de igual forma, las empresas privadas en concomitancia con
las cooperativas mineras incurrieron en la ilegalidad al subarrendar sus
concesiones que la COMIBOL les entregó, claro ejemplo es lo que sucedió con COMSUR bajo la modalidad de contratos de
arrendamientos y parte de estas fueron subarrendadas a las cooperativas creadas
en esas zonas. Acá las empresas ávidamente pactaron que la entrega del mineral
explotado se les venda a ellas mismas (en este caso COMSUR), desligándose así
de la carga laboral, responsabilidad social (sueldos, AFP, caja y otros). Transcurrido
el tiempo este tipo de contratos se dio la vuelta con el avasallamiento de
mejores áreas por parte de las cooperativas como sucedió en Colquiri.
Otro punto que se debe analizar es que de
acuerdo a lo dispuesto en la ley 3787 que indica que: los productores mineros a
partir de 50 millones de Bs de producción anual, son considerados como empresa,
es decir pagarían Impuesto a las Utilidades Específicas + Alícuota Adicional
anual (IUE+AA); si los productores mineros tienen una producción menor a 50
millones de Bs al año no pagan IUE y son considerados como cooperativas. Esto
dará lugar a que las empresas privadas firmen contratos de asociación por
separado con diferentes cooperativas en un mismo yacimiento, evitando de esta
forma alcanzar los valores de producción anual estipulados, evitando así el
pago del IUE.
En resumen con la actual ley en vigencia (1777)
diseñada a medida por Gonzalo Sanchez de Lozada y sus asesores entreguistas,
las cooperativas mineras salieron bastante beneficiadas al igual que las
transnacionales y empresas privadas. Ahora en ese mismo afán, las cooperativas
mineras se movilizan por mantener sus privilegios.
¡ABAJO LOS PRIVILEGIOS
DE LOS EMPRESARIOS COBIJADOS BAJO EL MANTO DE LAS COOPERATIVAS!
¡ARRIBA LA
RECUPERACION DE LOS RECURSOS NATURALES EN BENEFICIO DE TODOS LOS BOLIVIANOS!
¡MUERA LA FALSA
MINERIA COOPERATIVISTA!
¡VIVA LA MINERIA
ESTATAL!
PC MLM
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